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México dará residencia a migrados hasta 2015

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El Instituto Nacional de Migración de México (INM) anunció que a partir del 9 de enero de 2017 pondrá en marcha el Programa Temporal de Regularización Migratoria (PTRM), que otorgará estancia legal y permiso de trabajo a extranjeros ingresados antes del 9 de enero de 2015.

Independientemente de su nacionalidad, los extranjeros que llegaron al país antes de la fecha estipulada que hayan hecho de México su lugar de residencia permanente y no cuenten con estancia migratoria regular podrán disfrutar del Programa, aseguró el INM en un comunicado.

“La legalización a través del PTRM otorga la condición de residente temporal por un período de cuatro años”, y al término de este, la permanente. Paralelamente al trámite, los emigrantes podrán solicitar un permiso de trabajo.

El Programa será gratuito para los extranjeros que demuestren un ingreso igual o menor al salario mínimo vigente, y corresponderá al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, al Ayuntamiento del lugar donde reside u otras autoridades competentes, realizar un estudio socioeconómico.

El Instituto destacó que los extranjeros que acudan a cualquiera de sus oficinas para informarse o ingresar su solicitud en el Programa no serán presentados en una estación migratoria, devueltos o deportados a su país de origen, ni deberán cubrir ningún pago por multas debido a los trámites migratorios.

Para ingresar en el PTRM es necesario presentar un documento de identidad y un comprobante de que han vivido en México desde antes de la fecha señalada.

Esto se podrá demostrar mediante boletos de avión o autobús, recibos de servicios, expediente clínico, constancia de estudios, contrato de renta o con un documento migratorio de estancia regular vencido.

De no contar con ellos, los extranjeros podrán constatar su estancia en el país con el testimonio de dos personas (mexicanas o residentes) que confirmen, tanto la identidad como el tiempo de residencia en México.

El Programa, que estará vigente hasta el 17 de diciembre de 2017, será aplicable siempre y cuando los extranjeros no tengan un trámite migratorio pendiente de resolución, estén sujetos a proceso penal o haber sido condenados por delito grave.


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