Mediante el Decreto Gubernativo 7-2016, publicado hoy en este matutino, el Ejecutivo estableció el estado de calamidad para atender las emergencias que se susciten en la recta final de la temporada de lluvia y que podrían afectar a familias guatemaltecas que viven en zonas vulnerables, declaró el presidente en funciones, Jafeth Cabrera.
Esta medida sustituye al Decreto 5-2016, que fue derogado ayer, y la diferencia que existe entre ambos radica en que el primer documento tenía aplicación en todo el territorio, mientras que el más reciente se activará en áreas específicas del país.
El secretario general de la Presidencia, Carlos Martínez, dijo que la acción tiene un plazo de 30 días, lo cual se basa en los informes presentados por la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres (Conred). La normativa será enviada al Congreso de la República para su ratificación, de conformidad con la Ley.
Asimismo, se fortaleció la capacidad de atención de la Secretaría Ejecutiva de la Conred, sostuvo Cabrera, ya que se podrá adquirir equipo e insumos.
El mapa de riesgo elaborado por dicha entidad especificó 27 lugares en donde se aplicará el estado de calamidad, entre los que destacan la zona 1 de Mixco; Villa Hermosa, Villa Nueva; Jardines del Norte, zona 18; kilómetro 309 en jurisdicción de San Pedro Necta, Huehuetenango; colonia El Cambray II, Santa Catarina Pinula; asentamiento Jesús de la Buena Esperanza, zona 6; Santa Isabel 2, Villa Nueva; kilómetros 24 al 25 y el 105 de la carretera a El Salvador; Morales, Izabal, y el río Las Vacas, Chinautla.
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