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Una radiografía al Estatuto de Roma (I)

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El Tribunal es un gran avance histórico contra la impunidad en grandes violaciones de derechos humanos.

Han pasado de más 69 años después de los juicios de Núremberg y la Comunidad Internacional ha creado un Tribunal Penal Internacional permanente. En la votación de Roma del 17 de de julio de 1998, que se prolongó hasta horas de la noche, se aprobó por una mayoría el Estatuto para la creación por 120 votos a favor; 7 en contra y con 21 abstenciones.

Esta votación supuso un gran avance histórico y contrarrestar la impunidad de grandes violaciones de los derechos humanos. Consta de armónico preámbulo y 13 partes que comprenden en total 128 artículos.

Su sede se ubica en La Haya, Países Bajos de Europa, la Corte Penal Internacional es establecida como institución permanente con personalidad jurídica internacional, la Corte se compone de 4 órganos:

1) La Presidencia, compuesta por el presidente, el primer y el segundo vicepresidentes, quienes son electos por mayoría absoluta de los jueces.

 2) Las Secciones Judiciales: Sección de Apelación, de Primera Instancia y Cuestiones Preliminares.

3) La Fiscalía, oficina encargada de conducir las investigaciones y persecución de crímenes que caen dentro de la jurisdicción de la Corte.

4) La Secretaría, que es el órgano responsable de los aspectos no judiciales de la administración de la Corte y de prestarle servicios.

En total deberán ser elegidos 18 Magistrados de carrera para 9 años, en votación secreta por la Asamblea de los Estados Partes sobre la base de 2 listas de candidatos y no es posible una reelección.

De una lista A deben ser en primer lugar 9 magistrados con reconocida experiencia teórica y práctica en el ámbito jurídico-penal y de una lista B 5 Magistrados que posean una reconocida experiencia en la teoría y en la práctica en el ámbito del Derecho Internacional.

Los candidatos pueden ser propuestos por cada Estado y no es posible elegir 2 magistrados de la misma nacionalidad. En la primera votación no deben ser elegidos todos los magistrados en el mismo acto para 9 años, sino un tercio para 3 años, un segundo para 6 y solo el último tercio para 9 años.

El original del Estatuto está traducido en español, francés, inglés y ruso.


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