Tal derecho aplicado correctamente es una garantía para los funcionarios públicos.
La palabra antejuicio se ha convertido en sinónimo de desasosiego para los funcionarios públicos que gozan de dicho privilegio, pues recientemente se ha transformado en una amenaza contra la tranquilidad de muchos de ellos. No hay que olvidar que el antejuicio, además de ser un instrumento de protección en el ejercicio de la función pública y de auxilio para el dignatario o funcionario contra delaciones sin fundamento o motivadas por inclinaciones políticas, también suele distorsionarse hasta el punto de convertirse en óbice para la investigación de la verdad de hechos que riñen con la ley.
El tema ha cobrado relevancia a partir de que varios funcionarios públicos, jueces, magistrados, diputados y alcaldes, han sido despojados de esa prerrogativa, mientras otros enfrentarán la misma suerte. Al tiempo que la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala y el Ministerio Público, han externado en varias ocasiones que la figura del antejuicio debe desaparecer por su historia tan oscura.
Derivado de ello, es uno de los planteamientos en las reformas constitucionales del sector justicia cuyo propósito es erradicar esa extralimitación en la cual se amparan malos funcionarios para entorpecer las pesquisas. Vale apuntar que el derecho de antejuicio se origina en el feudalismo como un beneficio para la defensa de privilegios de sacerdotes, militares y algunos funcionarios de la aristocracia. En la era moderna ha servido exclusivamente para jueces y magistrados y, en las postrimerías del siglo XIX se amplió a funcionarios y dignatarios.
En tal sentido, el antejuicio está relacionado con el orden público, ya que es (hipotéticamente) una garantía para que funcionarios no sean indebidamente sometidos a proceso penal, sin que antes una autoridad competente declare que ha lugar la formación de causa establecida sobre el proceso mismo.
Para nadie es un secreto que se ha abusado de ese beneficio, al mofarse de la justicia e impedir que hagan pesquisas a profundidad para evidenciar las anomalías en las cuales incurren funcionarios investidos de tal prerrogativa.
El procedimiento de los antejuicios tiene diversas etapas, cuando se trata del Presidente y Vicepresidente de la República, ministros de Estado y Fiscal General, los casos son remitidos al Legislativo, mientras que la Corte Suprema de Justicia, resuelve casos contra los congresistas y las salas de Apelaciones son las que actúan contra los alcaldes.
Por ello, el Estado debe promover, fortalecer y sistematizar políticas de coordinación entre instituciones como el Congreso y el Organismo Judicial, para que el antejuicio sea funcional y efectivo. Si bien es cierto, tal derecho aplicado correctamente es una garantía para que los funcionarios públicos ejerzan sus cargos sin presiones ni coacciones, empero, cuando las prácticas son erróneas pueden hacer del antejuicio un mecanismo de impunidad. Ello, hace contemplar su extinción total de nuestro régimen de legalidad.
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