Dos presuntos implicados en un bloqueo en la 18 calle, entre 9a. y 10a. avenidas de la zona 1, acusados de agredir a dos agentes de la Policía Nacional Civil (PNC) fueron ligados a proceso por el delito de atentado por el juez de turno de Paz, Mario Trejo.
Los procesados son Bryan Lobos, de 28 años, y Selvin Ixbalam, de 23. El togado ordenó el arresto domiciliario de los sindicados y la obligación de llegar a firmar al Ministerio Público (MP) los primeros cinco días de cada mes. También la prohibición de salir del país.
“El atentado sí existe, ya que no es necesario golpear a alguien, solo con lanzar el block es suficiente”. Mario Trejo Juez de turno de Paz
Los policías resultaron lesionados luego de que los imputados, presuntamente, les lanzaran dos pedazos de block y una barra de metal cuando dispersaban a los incoformes que tenían cerrado el paso en el referido lugar, en rechazo al seguro de responsabilidad civil contra terceros.
En la audiencia, Ixbalam presentó un video como prueba de que solo iba caminando por el lugar. Sin embargo, el juzgador no le dio valor probatorio. Por el contrario, consideró que sí había indicios de un posible atentado.
El MP indicó que según los testimonios de los agentes, los sindicados son quienes les lanzaron los objetos, agredieron e insultaron. También pusieron a la vista del juez fotografías de las piezas arrojadas.
La defensa de los sospechosos refirió que las declaraciones de los afectados no son claras ni tampoco son suficientes las pruebas que presentó el MP.
18 de julio, fecha de la audiencia de conocimiento de cargos.
En voz de experto
Rony Jiménez, abogado y notario, señaló que la citada infracción se comete cuando alguien, sin alzarse públicamente, emplea violencia para algunos de los fines señalados en los delitos de rebelión o sedición. También caen en esta ilegalidad quienes acometen contra funcionarios, la autoridad o sus agentes, o emplearen violencia contra ellos. El profesional del Derecho explicó que si son declarados culpables, Lobos e Ixbalam podrían ser sentenciados de uno a cinco años máximo de prisión.
Para el 18 de julio se tiene contemplado que se realice la audiencia de conocimiento de cargos, por lo que, durante ese lapso de cuatro meses, el MP debe realizar las respectivas investigaciones.











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