El próximo 31 de marzo es la fecha límite para que los pequeños contribuyentes se incorporen a la Factura Electrónica en Línea (FEL), de los cuales, a la fecha, la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) ya tiene registrado el 89.5 por ciento bajo esa modalidad.
De la resolución SAT DSI 1350-2022, publicada en el Diario de Centro América, derivan los controles para evitar la facturación emitida como consumidor final ante casos de alta remuneración. Aplica para aquellas personas individuales o jurídicas que se encuentren registradas en el citado régimen.
De acuerdo con el documento en mención, las autorizaciones vigentes de otros medios o formas de emisión de documentos tributarios, así como las autorizaciones para emitir facturas u otros que contengan el Número de Identificación Tributaria (NIT) y nombre del receptor en blanco quedarán sin efecto, ya que la FEL queda constituida como el único medio transmisor.
Según la Superintendencia, de no trasladarse a la factura electrónica, los documentos mercantiles serán inactivados y figurarán como renuentes en el portal de la institución. En tanto, aquellos en papel no tendrán actividad y, de emitirse, tendrán una multa de Q100 por cada uno.
El registro a la FEL se puede efectuar en el apartado de servicios de la agencia virtual, en donde se deberán llenar 4 requisitos y colocar una contraseña. Trámite que no tiene ningún costo y en el cual se invertirá un tiempo aproximado de 5 minutos para hacer uso de los
certificados digitales.