Reglas que rigen el proceso de oposición para el reclutamiento, selección y nombramiento de docentes en los niveles de enseñanza inicial, preprimaria, primaria y media, así como en el área de trabajo técnico o técnico-administrativo, emitió hoy el Ministerio de Educación (Mineduc), por medio del Acuerdo 1685-2024, publicado en el diario oficial.
El documento también establece las funciones que corresponden a los que intervienen en el proceso.
En el Artículo 2 se indica que, para dicho cometido, se debe tomar en cuenta los principios de objetividad, transparencia, probidad y simplicidad. Además, detalla las funciones de los jurados, el papel de las direcciones departamentales de Educación y las acciones para aplicar a un puesto docente, entre otras.
En los considerandos se señala que “los centros educativos públicos que forman el Subsistema Escolar del Sistema Educativo Nacional necesitan personal contratado bajo el renglón 011 (plazas permanentes), para que desempeñen la funciones como contribuir con el desarrollo social, económico y educativo de la población”.