El Congreso de la República aprobó, de urgencia nacional y en la segunda sesión ordinaria del año, la Ley de Disposición para la Baja de Bienes Muebles Inservibles en los Centros Educativos Públicos, con el fin de garantizar el retorno
seguro a clases.
La normativa dice, en el Artículo 1, que el objetivo es “agilizar la baja de bienes muebles inservibles, no utilizables o en desuso, por encontrarse en mal estado en los centros educativos públicos, como excepción, y establecer el procedimiento aplicable para darles de baja del inventario por única vez”.
Son considerados chatarra los “muebles ferrosos y no ferrosos, incluidos escritorios, mesas, archivos, pizarrones, cátedras, entre otros, que se encuentren deteriorados a tal punto que ya no puedan ser reparados y que perdieron su utilidad”, detalla el decreto.
En los considerandos se indica que la acumulación de chatarra “se constituye en foco de contaminación y en un riesgo latente para el incremento de contagios de Covid-19 en la comunidad educativa”.
12 meses tiene de vigencia el decreto citado.
Para ello, el director de la escuela deberá obtener la autorización de la Dirección Departamental correspondiente. También se le ordena remitir copia certificada de lo actuado a la Dirección de Bienes del Estado, del Ministerio de Finanzas Públicas, y a la Contraloría General de Cuentas.