El Presupuesto de Ingresos y Egresos de la Nación 2022, que asciende a Q105 939.4 millones, está orientado a la ejecución por resultados, a fin de medir el avance de las acciones, evaluar si la erogación se está traduciendo en mejoras ciudadanas y si esta es de calidad; es decir, eficiente y eficaz.
“Las entidades descentralizadas y autónomas ejecutarán el presupuesto conforme la metodología y sistemas del Presupuesto por Resultados, que para el efecto defina el Ministerio de Finanzas Públicas”, señala el Artículo 14 de la ley de presupuesto recientemente aprobada por el Congreso de la República.
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nforme semestral sobre lo invertido deberán rendir las instituciones.
Más adelante, en otro artículo, la norma reitera que “las autoridades de las instituciones son responsables de realizar la medición de indicadores, y deberán informar de los resultados en forma cuatrimestral a la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia (Segeplan), al Ministerio de Finanzas Públicas (Minfin) y publicarlo en su portal electrónico”.
Esto último, señala la cartera del Tesoro, contribuye con la rendición de cuentas y facilita la auditoría y fiscalización social, condiciones importantes para mejorar la calidad del gasto, así como para prevenir la corrupción.
Otras obligaciones
La normativa presupuestaria también impone que las entidades ejecutoras de préstamos externos deben presentar informes de avance físico y financiero y planes de ejecución. Caso contrario, el Minfin, por medio de “la Dirección de Crédito Público, informará a la Contraloría General de Cuentas el incumplimiento, con el objetivo de que se apliquen las medidas que correspondan”.
Se recuerda, además, que las entidades de la administración central, descentralizadas y empresas públicas, “son responsables de cumplir con la información de los clasificadores temáticos, para lo cual deben utilizar el módulo disponible en el Sistema de Contabilidad Integrada (Sicoin)”, herramienta digital que permite a la ciudadanía conocer en qué se están invirtiendo los recursos públicos.
La normativa destaca que el ente rector “velará porque las estructuras presupuestarias que las entidades definan para cada clasificador sean consistentes con la política vigente del sector de que se trate la temática, dando seguimiento al gasto, con la intención de que las erogaciones sean pertinentes, sostenibles, transparentes y que tengan un efecto positivo en la población”.
Consigna que las instituciones elaborarán “un informe semestral sobre el avance en la materia, el cual deberá ser público y de acceso, sin restricciones, en los respectivos portales web”.