El presidente, Alejandro Giammattei, en Consejo de Ministros, decretó hoy Estado de Prevención durante 15 días en el municipio de Malacatán, San Marcos, para evitar hechos violentos que alteren la paz y afecten la seguridad de los ciudadanos.
La medida “se establece al considerar y determinar que en la circunscripción” de dicho municipio “puede verse afectado el orden, la gobernabilidad y la seguridad de sus habitantes, en virtud que personas o grupos de personas pueden poner en riesgo la vida, libertad, justicia, seguridad, paz, desarrollo integral, patrimonial y económico de los habitantes”, dice el decreto 2-2021 publicado ayer en el Diario Oficial.
Por lo que es “necesario implementar, con carácter urgente, todas las medidas oportunas a efecto de garantizar la seguridad y la vida de los habitantes y autoridades del municipio referido”, agrega.
En los considerandos del decreto se indica que Malacatán por su ubicación geográfica es epicentro de conflictividad social debido al contrabando aduanero que transita por el mismo, en virtud de ser área fronteriza.
La decisión se tomó luego de que el 24 de febrero se suscitaran hechos que perturbaron gravemente la paz de las personas y sus bienes, incluidos bienes del Estado.
Prohibido
Durante el plazo que durará la medida se limita la celebración de reuniones al aire libre, manifestaciones públicas y cualquier tipo de espectáculos. Además, “se prohíbe la circulación o estacionamiento de vehículos en lugares, zonas y horas que afecten o puedan poner en riesgo la vida y seguridad de las personas, así como el funcionamiento de los servicios públicos”.
Además, las fuerzas de seguridad podrán impedir la salida de las poblaciones o en su caso someterlos a registro, cumpliendo con las medidas sanitarias, así como exigir a quienes viajen en el territorio de la república la declaración y documentos del itinerario a seguir.
Se enfatiza que las autoridades superiores de la cada entidad pública que participe en la aplicación del Estado de Prevención deberán informar y coordinar con las autoridades municipales y departamentales las acciones a desarrollar y que deberán tener las consideraciones pertinentes con las comunidades indígenas y grupos étnicos de cada lugar.