Foto: Congreso
Con la intención de promover la pronta y cumplida administración en los juzgados de Primera Instancia de Familia, el Congreso de la República aprobó el Decreto 24-2022, el cual reforma el Código Procesal, Civil y Mercantil, para agilizar los litigios con valores económicos bajos.
La modificación también promueve el diálogo, como mecanismo de solución de controversias, y reduce los tiempos de los procesos. Se informó que este decreto está incluido en el paquete de siete iniciativas que presentó la Corte Suprema de Justicia (CSJ), en 2020.
En síntesis, se cambia el Artículo 211, el cual quedaría así: “Procedimiento. Cuando la cantidad que se litiga no exceda de Q10 mil, la demanda, su contestación y demás diligencias se presentarán por escrito y verbalmente, en cuyo caso el secretario levantará el acta respectiva y se procederá a dictar la solución de trámite correspondiente”.
Se agrega que el juez deberá emplazar al demandado, para que comparezca a la audiencia señalada a deducir oposición, bajo apercibimiento de que si no comparece se tomará como rebeldía y se tendrán por ciertas la pretensiones deducidas por el actor en su demanda.
Q 10 mil es la cantidad máxima en disputa que establece el Legislativo.
Si el señalado asiste, una vez recibidas las pruebas en la misma audiencia o en el término de cinco días, se procederá a dictar sentencia, la que se puede apelar.
El artículo citado contiene el siguiente párrafo: “En materia de familia, se establece una ínfima cuantía de Q18 mil anuales, de la cual conocerán los juzgados de Paz de todo el país con competencia en el ramo de Familia”.