domingo , 24 noviembre 2024
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Nueva Constitución en la sociedad del conocimiento (II)

Juan Alberto Lecaros Urzúa

Director Observatorio de Bioética y Derecho

El deber de “estimular la investigación científica y tecnológica” (Artículo 19, nº 10) y de garantizar “la libertad de crear y difundir las artes, así como el derecho del autor sobre sus creaciones intelectuales y artísticas de cualquier especie” como, asimismo, “la propiedad industrial sobre patentes de invención, marcas comerciales, modelos, procesos tecnológicos u otras creaciones análogas” (Artículo 19 nº 25).

Limitar el conocimiento solo a “estimular” la investigación y “asegurar” los derechos de autor y propiedad industrial es una reducción extrema del valor y el impacto que el conocimiento, como bien público, tiene en el tejido social. La futura Carta Fundamental debiera desde su inicio, en su Artículo 1º de las Bases de la Institucionalidad, declarar el compromiso del Estado Social de Derecho con el deber de crear las condiciones sociales para que las personas participen libremente en una sociedad basada en el conocimiento y que estas puedan tomar parte de sus beneficios. Bajo este principio de la sociedad del conocimiento, el Estado debe orientar su actuar en las diversas expresiones de la vida social y asegurar la participación igualitaria de las personas, para lo cual resulta imprescindible impulsar la modernización del Estado. Un Estado inspirado en el principio del conocimiento es aquel que aprende de y se adapta a los desafíos de la sociedad, es eficiente gracias al uso de las tecnologías digitales, y se nutre de la ciencia y la cultura territorial y nacional para diseñar políticas públicas basadas en la evidencia.

Es un Estado transparente e innovador.

También es un Estado transparente e innovador, que promueve una robusta política de acceso a los datos con fines de investigación y que es capaz de codiseñar con diversos actores las mejoras al Estado. Asumiendo estos deberes, el Estado se transforma en el agente más activo en demandar ciencia y en incorporar tecnologías innovadoras para promover un uso eficiente de los recursos públicos y, asimismo, en promover la investigación científica y la innovación tecnológica para las necesidades y prioridades de salud, alimentación y educación, la gestión sostenible de nuestros recursos naturales, la protección y valorización de nuestra biodiversidad y la preservación del medioambiente.

            Continuará…

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