lunes , 25 noviembre 2024
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Jueves de CICIG

Cuando fui Procurador General de la Nación y jefe del Ministerio Público en 1991 realicé todo mi trabajo en unión del equipo nacional que me acompañara, guatemaltecos todos –excelente y, para la época, insuperable equipo– sin haber tenido la fortuna de contar con una Comisión Internacional que me apoyara, privilegio de que han gozado desde hace diez años todos los fiscales. Ni de una Comisión Internacional como la Comisión Internacional contra la Impunidad en Guatemala, ni de Comisión Internacional alguna, por lo que hubimos de realizar nuestro trabajo estrictamente por nosotros mismos, sin culas de este u otro tipo. Varias veces me he referido ya a este tema, pero es importante repetirlo, una y otra vez, y cuantas veces sea preciso, porque parece olvidarse: La Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala, CICIG, fue establecida a nuestra propia iniciativa, habiéndola convenido con la Organización de las Naciones Unidas (ONU) como la expresión más significativa del multilateralismo a nivel mundial, multilateralismo que buscamos –precisamente– para evitar protagonismos de terceros, por muy bien intencionados que pudieren estar.

Su funcionamiento se previó a través de donaciones, no teniendo los Estados donantes injerencia alguna en el mismo, ni siquiera en su composición presupuestaria: tal la independencia que con la ONU convenimos dar a la Comisión establecida, Comisión que no es suya, ni funcionarios suyos los funcionarios de la misma: funcionarios y empleados internacionales, pero no de la ONU. El Comisionado, cabeza de la Comisión, no recibe órdenes de nuestro Presidente ni del secretario general de la Organización de las Naciones Unidas y –muchísimo menos– de los donantes, teniendo con todos estos la misma relación que, con el Presidente de la República de Guatemala, tiene el fiscal general de la República, una vez nombrado, absolutamente independiente.

No goza el Comisionado de un período constitucional como lo tiene el fiscal general, importante garantía entre nosotros para su total independencia y contrariamente al Fiscal que tan solo puede ser removido de su cargo por justa causa debidamente establecida, la remoción del comisionado no se encuentra sujeta a condición alguna. El Acuerdo de creación de la Comisión no contempla la remoción del comisionado, sino solamente su nombramiento, siendo quien le nombra, el secretario general de la Organización de las Naciones Unidas –autoridad nominadora– quedando sujeto, en consecuencia, a la norma universal en este tema, salvo que la ley diga otra cosa; quien tiene la potestad para nombrar la tiene también para destituir. Antes de su establecimiento vi con recelo que se estableciera una Comisión Internacional que viniera a hacer lo que nosotros obligados estábamos –y estamos– a hacer por nosotros mismos y no respaldé su creación, pero tampoco objeté que se hiciera: mi temor que nuestras instituciones se acostumbraran a no hacer por sí solas su trabajo y a cobijarse debajo de sus enaguas.

Pienso que fue importante que se estableciera y que nuestras instituciones ordinarias, por sí solas, no hubieran podido alcanzar lo que con su guía y apoyo han alcanzado. Nada, sin embargo, es perfecto y los tres omisionados de la CICIG han tenido luces y sombras y, de alguna forma, se han ido pasando la estafeta: no es lo mismo iniciar un trabajo desde cero, que cuando ya existe camino recorrido. Quienes pudieran pensar que soy un enemigo de la CICIG o del comisionado o que haya movido algún dedo en contra de una u otro, se equivocan radicalmente como se habrían equivocado quienes pudieran pensar que podría ser de estos un perrito faldero. Sí fiscal general de la República, mucho habré de aprender de la CICIG, pero mucho –también– podré enseñarle. Comisión y Comisionado –sí fiscal general– se regirán –estrictamente– por la Constitución Política de la República –Ley como todas nuestras leyes, pero con la diferencia de que es superior a todas las otras–superior a todas las leyes y tratados incluido el que le dio origen a la Comisión, Acuerdo este al que me sujetaré con ambos, para la labor que debemos realizar, cada uno en el ámbito que nos corresponde. Los errores, serán corregidos y los aciertos mejorados, como dijera una ilustre visitante, alejadas la institución y la entidad de cualquier politización y actuando un tanto más como el FBI, que todos saben que existe, que hace su trabajo y que lo hace bien, pero que no tiene por qué buscar su aparición todos los días en los titulares de prensa.

La CICIG existe hoy en Guatemala –algo que también se olvida– porque el Presidente de la República, representante de la unidad nacional, prorrogó su mandato, mandato que concluye en septiembre del año entrante por lo que trabajaré con estos, comisionado y Comisión, para que de no darse otra prórroga pueda el Ministerio Público manejarse por sí solo con igual o mayor eficiencia y –si se diera– para multiplicar en esta otra todos y cada uno de los resultados. Si fueren incompatibles el Presidente de la República y el comisionado, representante que es el primero de la unidad nacional y por mandato constitucional expreso, jefe del Estado y de Gobierno, electo por el pueblo para el ejercicio de su cargo, no cabría entre nosotros ningún comisionado, contratado este por el secretario general para el ejercicio de sus funciones, pero no tienen por qué serlo si –como debe ser– nos atenemos todos al estricto cumplimiento de la Constitución, las leyes y el Acuerdo.

El Ministerio Público, tal su función primera, es velar por el estricto cumplimiento de las leyes, el de TODAS las leyes y empezando ¡Claro esta!, por la Constitución Política de la República, una Constitución garantista que no debe desvirtuarse; Declaración de los reos y su posible exhibición, conforme los plazos y el momento; En cuanto a prisión preventiva, la carga de la prueba en la acusación: peligro de fuga o de obstaculizar la justicia; plazos judiciales, al centavo y persecución de quienes los incumplen y, en fin, un sinnúmero de etcéteras. Mucho que aprender de la CICIG pero, también, mucho que enseñarle. Con un fiscal general fuerte, serán más fuertes todas las instituciones y entidades del sector justicia, CICIG asimilada, fortaleza en la unidad, la unidad diferenciada que debe ser restablecida: uno, el propósito de todas las instituciones del Estado, incluida la invitada coadyuvante, aunque diferenciadas sus funciones. Amén.

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