La Campaña de divulgación cívica que resulta necesario – imperativo – que se haga por parte del Estado sobre el tema de Belice ¿Quién, si no? debe sufragarse –y exclusivamente –con recursos y bienes del Estado, siendo aceptable –y deseable, incluso– que se produzcan donaciones siempre y cuando estas no interfieran con su contenido: una información de Estado, objetiva y neutra.
Si el Estado no puede usar bienes y recursos suyos para hacerla y se hace con recursos y bienes de alguien más pues, quién pita, grita, y será quien pite quien defina, a su gusto, la información que se divulgue.
Hemos sido convocados por el Tribunal Supremo Electoral para que,en consulta popular, tomemos lo que para nosotros podría ser la última decisión sobre el tema ya que poner nuestro reclamo en las manos de un tribunal (la Corte Internacional de Justicia) constituye una decisión final, sujetos como quedaríamos –nos sea o no favorable o no– a lo que el tribunal decida.
Que el ciudadano vaya a depositar su voto sin tener la suficiente información cívica o una información cívica distorsionada por error o malicia podría ser fatal y debemos evitarlo.
La norma que rige las consultas populares manda que estas sean convocadas con no menos de noventa días de anticipación por lo que, afortunadamente, el Tribunal Supremo Electoral aún puede subsanar el error incurrido y dejar limitada la prohibición a que no pueda promocionarse el sí o el no con recursos y bienes del Estado, quedando el Estado en la libertad y obligación de hacer, con sus propios bienes y recursos, la necesaria e imprescindible campaña de información cívica que debe realizarse, previniéndosele, incluso que, de recibir donaciones, no pueden condicionar su contenido ni la forma de divulgarse.
Quedan hoy ciento treinta días para que se realice la Consulta, si convocada, finalmente, para el domingo 11 de marzo y la corrección a la convocatoria hecha, en consecuencia, aún es posible, siendo lo recomendable que se haga sin demora ya que, cuanto antes, debe empezar a realizarse la necesaria –imprescindible, lo reitero– campaña de divulgación cívica que se impone sobre el el tema. Errar es de Humanos y rectificar es de sabios habiendo dado ya el Tribunal Supremo Electoral un sabio testimonio al respecto –el cambio de la fecha originalmente prevista– rectificación que debe completar suprimiendo de su convocatoria la prohibición de hacer uso de recursos y bienes del Estado para que se realice la campaña de divulgación cívica que debe realizarse, prohibición que constituye un error que podría ser fatal y que debería corregirse de inmediato: ¡Estamos a 130 días de la Consulta!
Es grave el desconocimiento que tenemos los guatemaltecos sobre los derechos territoriales, insulares y marítimos que nos corresponden y las vicisitudes sufridas por los mismos y no lo es menor sobre las vidas que juristas guatemaltecos que como Don Alberto Herrarte Gonzales, si no completas, como en su caso, les han dedicado, desconocimiento que lleva a inseguridades que no se justifican.
Hubo, en algún momento quizá, trama perversa –tema distinto– pero el debido conocimiento y la preparación, si llegó a haberla, lograron superarla. Debemos discutirlo todo pero sin olvidar, jamás, la sentencia del Martín Fierro –a idea, lapidaria– “Desunidos, los de dentro, les devoran, los de fuera…. “