sábado , 23 noviembre 2024
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El Comisionado no lo entiende

Y, como ya lo dije desde las páginas de El Periódico, no tiene ninguna obligación de comprenderlo puesto que lo constitucional no es algo que domine, es decir, aquello que constituye el pacto de paz social que rige en una sociedad y que la hace posible.

No ha llegado a comprender –y no tiene por qué entenderlo– que si no se cambia la forma de elegir a los diputados, el Congreso conservará sus actuales caracteres y el ciudadano seguirá teniendo la percepción de que no se encuentra representado en el Congreso, ajeno a las más importantes decisiones del Estado como lo son la formulación del presupuestos y la elaboración de las leyes.

No llega a comprender que si no se reforma el artículo 157 de la Constitución (jamás se ha referido a este y lo más probable es que ni siquiera se haya percatado de que existe) el presupuesto y las leyes continuarán en las mismas manos siendo este artículo –como lo es– el que establece el listado nacional de diputados y los distritos electorales inmensos con sus consecuentes listados distritales.

Se trata, el 157, del artículo que da a los diputados un mandato de cuatro años, establece los suplentes y –quizá sin quererlo– determina caras y largas las campañas. El artículo que, si no se cambia, conducirá siempre, e inexorablemente, a más de lo mismo.

El Comisionado tampoco se percata de que es preciso terminar con el monopolio de los partidos políticos y que debe permitirse que los ciudadanos se inscriban como candidatos por decisión propia, sin necesidad de que les inscriba un partido.

Si no se reforma el artículo 157 no existirán distritos electorales, también pequeños, fijados donde residen los migrantes y seguirán los migrantes sin representación en el Congreso así como la población indígena sin la alta representación que podría tener si los distritos fueran pequeños, ganadores candidatos indígenas en múltiples distritos.

No comprende –y no tiene por qué hacerlo– que en cada distrito debe disputarse una sola diputación y que, en consecuencia, tan sólo debe alcanzar la diputación el candidato que la gane, sin premios de consolación ningunos.

No comprende que sólo así podrá saber el ciudadano quién es SU diputado y tener el poder de premiarle o castigarle.

No llega a comprender que con sus shows mediáticos desvía la atención e impide que se aborde esta reforma, la toral, la que pone en manos de los ciudadanos el presupuesto y las leyes, determinantes estos, incluso, de una buena administración de Justicia. No lo comprende y, en cierto sentido, me alegro que no lo comprenda puesto que nada tiene que ver su función con el pacto de paz social que establecimos y las reformas que queramos formularle. Un solo artículo de la Constitución, el 257, realizó, silencioso, la más importante revolución que se ha dado entre nosotros, determinante de los sectores emergentes surgidos en los distintos municipios: por primera vez el municipio con recursos y de igual manera, esta vez, la reforma de un solo artículo, el 157 (extraña la coincidencia de que sean “centenarios”) es la que puede llevar a la ordenación del Estado: El presupuesto y las leyes, finalmente, en las manos del pueblo.

¿Administración de Justicia con presupuesto inadecuado y aplicando malas leyes? Lo demás, con todo respeto –y no queriendo pensar mal– no llega ni siquiera a

wishful thinking…

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