Foto: MSPAS
Hoy entró en vigencia la Ley para la disposición de bienes muebles inservibles, del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS), que tiene como objetivo liberar espacios físicos mediante la baja de inventario y disposición final de artículos en desuso, deteriorados u obsoletos que han quedado pendientes de ser removidos de los registros oficiales.
El Decreto 19-2024, publicado ayer en el Diario de Centro América, establece que todo aquel patrimonio considerado inutilizable, ya sean ferrosos, no ferrosos o destructibles, serán clasificados como desechos, lo que permitirá su inmediata descarga.
Entre los artículos se incluyen equipos médicos obsoletos o que representan un peligro para la salud, así como vehículos que ya no se usan.
Este proceso será realizado en coordinación con la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) para dar cumplimiento a las normas fiscales pertinentes.
La normativa se aplicará a todas las dependencias y unidades ejecutoras de la cartera salubrista, con la excepción de aquellos que protegen instrumentos que aún estén en buen estado, que cuenten con garantías pendientes o que contengan materiales peligrosos para el ambiente o la población.
El procedimiento para la baja establece que cada dependencia deberá hacer una verificación física de los bienes considerados inservibles, lo que serán destruidos o puestos en venta pública al mejor postor en lotes indivisibles. Los ingresos generados serán destinados a la unidad ejecutora correspondiente.
En caso de que no se logren vender los bienes en las subastas públicas, la autoridad de cada entidad determinará su destino final, bajo el cumplimiento de procedimientos documentados y notificados a la Dirección de Bienes del Estado y la Contraloría General de Cuentas.