Las reformas al Código de Comercio, Decreto 18-2017, que fue publicado el martes en este matutino, le da prioridad a los convenios arbitrales que tienen las empresas, explicó Amán Sánchez, asesor de Clima de Negocios del Programa Nacional de la Competitividad (Pronacom).
“El artículo 1039 impedirá que se llegue a una casación, que es un proceso que se tiene después de que concluyó un juicio y la apelación de la sentencia; por ende, se descongestionará el Organismo Judicial y no se abusará de esa figura para no pagar las deudas o incumplir las sentencias”, manifestó Sánchez.
De acuerdo con el artículo 18, que modifica el 1039, especifica que en los juicios de valor indeterminado y en aquellos cuya cuantía exceda la cantidad de Q400 mil, procederá el recurso de casación, en los términos establecidos en el Código Procesal Civil y Mercantil. • Brenda Jiguan