En homenaje al Dr. Juan Montero Aroca, el Instituto Guatemalteco de Derecho Procesal Garantista dio inicio a su segundo Congreso de Derecho Procesal Garantista, el cual se realizó del 22 al 24 de octubre en modalidad virtual. Estas actividades tienen por objetivo que trabajadores del área jurisdiccional, jueces, magistradas y magistrados, profesionales del Derecho, entre otros, conozcan sobre este tema y lo pongan en práctica en su que hacer judicial.
El evento contó con expositores de Panamá, Argentina, Perú, España, Chile y Guatemala. Entre ellos figuran: el magistrado de la Corte Suprema de Justicia Nester Vásquez Pimentel y la presidente del Organismo Judicial (OJ) y Corte Suprema de Justicia(CSJ), magistrada Silvia Patricia Valdés Quezada.
Refieren al uso de la tecnología en los procesos judiciales y el debido proceso.
La presidente del OJ y CSJ expuso sobre el Garantismo Procesal, Debido proceso y el uso de la tecnología en los procesos judiciales. Estos temas están basados en las acciones judiciales que se implementan en Guatemala debido a la pandemia por el Covid-19. Entre ellos, la Atención virtual en la página web y la Aplicación OJ Movil como: Casillero Electrónico, Pensiones Alimenticias, Consultas de Amparos, Consulta de Antejuicios, Consulta de Audiencias, Convenios Laborales, Antecedentes Penales en Línea, Verificación de documentos, entre otros.
El Derecho Procesal Garantista se define como las facultades que asisten a un individuo para exigir el resto de todo cuando se establece y reconoce en su favor dentro del ordenamiento jurídico vigente, y es un deber del Estado reconocer y respetar las libertades y derechos de la persona individual y grupos sociales, para su mejor actuación y desenvolvimiento dentro de un proceso.
Es importante resaltar que el garantismo es una ideología jurídica, que se ha vinculado estrechamente con la teoría del Estado constitucional (desde el punto de vista normativo) y con el llamado neoconstitucionalismo (desde el punto de vista teórico); el cual busca cumplir con el debido proceso y con garantías tales como: Principio de Legalidad, Prohibición de analogía, Principio de favorabilidad, Principio de cosa juzgada, Prohibición de autoincriminación, Derecho a la defensa técnica, Notificación de Cargos, entre otras.