El Tribunal Supremo de EE. UU. concedió una victoria al presidente, Donald Trump, al admitir a trámite el caso de su veto migratorio y permitir la entrada en vigor de algunas partes de su iniciativa, destinada a prohibir el ingreso de refugiados y nacionales de 6 países de mayoría musulmana.
La decisión de los jueces implica que el Gobierno de Trump podrá negar la admisión de los individuos que no tengan familiares en territorio estadounidense o que no hayan tramitado ya su internación en este territorio para asumir un puesto de trabajo.
En concreto, en un escrito de 13 páginas, los jueces determinan que el gobernante podrá prohibir la incorporación de los “extranjeros que no tengan ninguna relación genuina con una persona o una entidad de Estados Unidos”.
Por tanto, la decisión de los jueces permitiría que cobre vigencia una de las partes esenciales del veto migratorio: la anulación durante 120 días del programa de acogida a refugiados, quienes por definición están huyendo de sus naciones de origen y no tienen ninguna relación con Estados Unidos. El segundo aspecto toral de la iniciativa de Trump, que seguirá parcialmente bloqueada, es la prohibición a la entrada en Estados Unidos para los ciudadanos de Irán, Somalia, Sudán, Siria, Yemen y Libia.
El mandatario celebró la resolución judicial e indicó en un comunicado: “La decisión unánime de hoy (ayer) del Tribunal Supremo es una victoria clara para nuestra seguridad nacional. Permite que la suspensión de viaje para los 6 países proclives al terror y para los refugiados se haga efectiva en su mayoría” de aspectos.