Plantear una ley que prohíbe el matrimonio igualitario y castiga el aborto expresa intolerancia.
Aunque el Estado tiene la responsabilidad de ordenar las relaciones sociales, en resumidas cuentas es el individuo quien marca los alcances de toda disposición.
En nuestro caso, la Constitución Política de la República es la ley en cuyo articulado se establecen los derechos y obligaciones de la ciudadanía.
Quienes, por la función que ejercen, contribuyen a buscar fórmulas para mejorar la interacción de las personas son los diputados, y así, continuamente presentan iniciativas para crear, ajustar, modificar o suprimir normativas, pero no siempre sus ideas son acertadas.
La semana pasada, un grupo de parlamentarios vinculados a 6 bancadas planteó reformas al Código Penal que, por un lado, rechazan el matrimonio igualitario y, por otro, castigan a las mujeres que aborten.
Dicho planteamiento abarca otras aristas, como impedir adopciones a parejas gais y descartar el tratamiento de la diversidad sexual en la educación de la niñez y la adolescencia.
Si bien los y las ponentes subrayan las “bondades” de la “Ley para la protección de la vida y de la familia”, quienes la rebaten ven en ella rasgos intolerantes, apreciación que comparto.
Y es que, a esta altura del desarrollo de la humanidad, negar la opción sexual y meterse a la fuerza en una decisión individual resultan fuera de lugar.
Con quién vivir y convivir, traer o no al mundo a alguien son aspectos que en primera, segunda y tercera instancia corresponden resolver al interesado directamente, pues el resto de la sociedad no tiene incidencia alguna en lo derivado de tal situación.
Por ejemplo, en el caso del aborto, la mujer embarazada es la única que conoce y siente las causas y efectos del hecho, por lo tanto, es ella la única autorizada, mientras que la sociedad no pasará de porras, abucheos, aplausos, opiniones o valoraciones sin más trascendencia que el derecho de hablar.
¿A quién perjudica o beneficia? que un hombre se incline por amar a otro hombre, o una mujer a otra mujer; son cuestiones de incumbencia particular, no general, igual a cuando alguien decide si estudia o no, trabaja o no, viaja o no, en fin, son atribuciones personales.
Tal vez a quienes promueven o avalan ideas como las recogidas en la iniciativa, les convendría repasar la contribución que en distintos ámbitos han dado y dan personas y personajes que no actuaron como la sociedad exige. Es oportuno indicar que como país debemos abrir los ojos a los avances que en la materia han concretado otros que con sus acciones iluminan, no oscurecen las relaciones humanas.