Natalia
González Bañados Directora Centro de Derecho Regulatorio y Empresa
El proyecto de ley para regular integralmente los sistemas de inteligencia artificial (IA) sigue un modelo muy similar (no igual) al de la Unión Europea. Aun cuando hay diferencias bienvenidas, no es para nada claro que el modelo europeo, que recién entra en vigor, y escalonadamente, sea uno listo y apropiado para ser importado.
Sin embargo, muchas autoridades a nivel mundial están preocupadas de quedarse detrás de Europa. ¿Cuándo regular se transformó en la meta? ¿Hemos evaluado cómo esa carrera, por regular, nos acerca o aleja del progreso? Además, la discusión parlamentaria podría no equilibrar bien los riesgos y beneficios, exacerbando los primeros y minimizando los segundos bajo una mirada distópica.
¿Cuándo regular se transformó en la meta?
Ello, combinado con la hostilidad que diversos grupos manifiestan hacia el crecimiento económico, puede generar más problemas que soluciones. Existe una preocupación razonable y legítima por los riesgos que pueden implicar algunos usos de sistemas de IA para los derechos fundamentales.
El problema de regular tecnologías disruptivas se origina, según la doctrina, en su carácter dinámico e impredecible (riesgos y beneficios difíciles de anticipar), que no rima bien con el enfoque tradicional regulatorio legal, inflexible y lento.
Existe un problema de ritmo, aún con una regulación multinivel. Por ello, algunos países -más allá de lineamientos para el sector público- han optado por un enfoque diferente, modelos voluntarios o del tipo soft law.
Aquellos, y otros, optan por llenar vacíos en legislaciones relevantes, pertinentes a la IA, pero no exclusivas a la IA, en protección de datos personales, uso indebido de registros visuales o audiovisuales o de la imagen para fines electorales, entre otros, y protección al consumidor y propiedad intelectual.
La regulación debe concebirse como una herramienta que, con sus limitaciones, mitigue riesgos estimulando también la creación y maximizando las oportunidades.
En la materia, sería deseable adoptar un enfoque de aprendizaje flexible e iterativo, en lugar de la mentalidad habitual de “resolver y dejar”. Un enfoque más experimental, de prueba y error, al menos inicialmente, en vez de crear reglas definitivas, generando evidencia de lo que funciona y lo que no. Cláusulas tipo sunset y evaluaciones de las medidas según resultados deseables, validando los esfuerzos diversos de los regulados para alcanzarlos, sería recomendable.
Asumir que el desarrollo tecnológico seguirá ocurriendo, no obstante cuán inflexible o pesada sea la carga regulatoria, es equivocado.