Andrea Cocchini
Profesor de Derecho Internacional de la Universidad de Navarra
Asimismo, en línea con las posturas de países como, por ejemplo, Rusia, el borrador propone omitir las fases relacionadas con la producción de polímeros vírgenes, porque en ellas no se genera en puridad, contaminación por plásticos y las materias primas extraídas podrían todavía ser destinadas a la producción de otros materiales no plásticos.
No obstante, excluir de su aplicación a las materias primas, como los hidrocarburos, y a productos intermedios, como los polímeros plásticos vírgenes, porque técnicamente no son productos plásticos acabados menoscabaría seriamente el objetivo principal del acuerdo: poner fin a la contaminación plástica y crear una eficiente economía circular también para los plásticos.
El objetivo principal del acuerdo: poner fin a la contaminación plástica y crear una eficiente economía circular también para los plásticos.
Si los negociadores tuvieran la misma aspiración que los promotores del Día de la Tierra de reducir en un 60 por ciento la producción de plásticos para 2040, el tratado que están negociando debería ser más atrevido desde el punto de vista jurídico.
El acuerdo debería introducir normas jurídicas vinculantes que, al dar actuaciones concretas a principios básicos del derecho internacional medioambiental (como los de diligencia debida, precaución y prevención), impongan una prohibición progresiva, pero ya ineludible, en la producción de plásticos vírgenes y que exceptúen, obviamente, a los plásticos necesarios en el ámbito médico y para la investigación científica.
Si queremos dejar de ingerir el equivalente de una tarjeta de crédito por semana y evitar darnos un chapuzón en unos mares que de aquí a 2050 podrían tener más plásticos que peces, la solución jurídica pasa por vetar de una vez por todas a este material tan perjudicial para nosotros y el planeta.