Leonel Guerra Saravia
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Es importante que los guatemaltecos conozcamos de algunas
cosas de las relaciones internacionales, lo que toma interés con la visita de presidentes de otros países, o con los compromisos que se adquieren al tomar parte de organizaciones internacionales.
Una disposición de un tratado dará origen a un derecho para un tercer Estado, si con ella las partes en el tratado tienen la intención de conferir ese derecho al tercer Estado o a un grupo de Estados al cual se pertenezca, o bien a todos los Estados, y si el tercer Estado asiente a ello.
Debemos saber sobre los tratados internacionales. Desde que la existencia del Estado-Nación empezó a consolidarse en el Renacimiento, los tratados internacionales han desempeñado un papel protagonista en la política internacional y en la historia.
Pueden establecer las condiciones de la paz entre dos países, como el Tratado de Versalles.
A través de un pequeño conjunto de preguntas y respuestas, vamos a intentar explicar qué es un tratado internacional y cuáles son los principales tratados internacionales en materia de derechos humanos. Los tratados internacionales sirven para muchas cosas.
Pueden establecer las condiciones de la paz entre dos países, como el Tratado de Versalles, que puso fin a la Primera Guerra Mundial. Pueden crear o reformar organismos multinacionales o plurinacionales, como el Tratado de Lisboa, que rige actualmente el funcionamiento de la Unión Europea.
Pueden regular cuestiones muy concretas, como el tráfico marítimo o aéreo, o pueden también, como es el caso de lo que nos ocupa, reconocer derechos fundamentales de las personas y determinar la obligación de protegerlos y promoverlos. Dejemos la palabra a la Convención de Viena, que en su sección sobre Observancia de los Tratados establece el principio Pacta sunt servanda (“los pactos deben cumplirse”).
Esto implica que “todo tratado en vigor obliga a las partes y debe ser cumplido por ellas de buena fe”. También significa que “una parte no podrá invocar las disposiciones de su derecho interno, como justificación del incumplimiento de un tratado”.
En el caso de Guatemala, es fundamental que el canciller oriente a nuestras autoridades sobre los compromisos que ofrecen al país, antes de firmar a lo que nos comprometemos. Todos somos responsables de cumplir con los compromisos internacionales.