Leonel Guerra Saravia
Algunos de nuestros antepasados construyeron lugares de
encerramiento de las personas que cometían delitos, así como los alcaldes de pueblos hacían corrales para encerrar a los bueyes, caballos y otros animales que andaban sueltos y perdidos en calles o terrenos ,y el dueño los localizaba y tenía que pagar una multa para obtener nuevamente su propiedad. Ahora sabemos que en los humanos nosotros mismos somos nuestra propiedad, que tenemos nuestros propios derechos.
Cuando alguna persona infringe la ley y se le comprueba, en algunos casos se le envía a encerramiento. Existen tres grados de sistema penitenciario (SP): primer grado o régimen cerrado, segundo grado o régimen ordinario, tercer grado o régimen abierto. Cárcel de primer grado: Los módulos o cárceles de primer grado son para aquellos sujetos más peligrosos e inadaptados. Cárcel de segundo grado: En el régimen ordinario se encuentran los penados de segundo grado, los reclusos sin clasificar y a los detenidos y presos.
En este tipo de cárceles existen actividades obligatorias (higiene y aseo personal, limpieza y orden de la celda). El día se inicia a las 7:30 y a las 24:00 se apagan las luces. Cárcel de tercer grado: Los prisioneros son encerrados y privados de la libertad durante meses, años y, en algunos casos, toda la vida.
Los módulos o cárceles de primer grado son para aquellos sujetos más peligrosos e inadaptados.
Los módulos o cárceles de primer grado son para aquellos sujetos más peligrosos e inadaptados.
Se regulan en el Art. 90.1 LGP (Ley General Penitenciaria) y existen dos clases: Centros o módulos de régimen cerrado, para los reclusos con inadaptación a los regímenes comunes. Y departamentos especiales para aquellos que provocan altercados, como por ejemplo los módulos de aislamiento. La cárcel de tercer grado es del régimen abierto, es para personas penadas.
Clasificadas en tercer grado, que pueden continuar su tratamiento en semilibertad. Esto es necesario para que el individuo pueda lograr una convivencia normal, pero con los controles rígidos necesarios; este timo de régimen puede llevarse a cabo en tres estructuras penitenciarias diferentes: los centros de inserción social. Centros independientes para reclusos en tercer grado. Las secciones abiertas; departamentos que forman parte de una cárcel polivalente, especialmente destinados.
Unidades dependientes; residencias que se encuentran dentro de una comunidad y están gestionadas por instituciones públicas o privadas.