Por: Werner R. González
Consultor independiente
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Actualmente, la Comisión de Agricultura del Congreso presenta al pleno, para lecturas, la iniciativa de ley 5110 que busca reformar; el ya reformado artículo 6 literal a) inciso 3: “Asociación de Peritos Agrónomos y Forestales (ANDEPA)” por el Decreto 29-96 que deviene del original Decreto 51-86: Ley Orgánica de la Escuela Nacional Central de Agricultura (ENCA). El artículo 6, en su parte conducente indica: “El Consejo Directivo es la máxima autoridad de la entidad y se integra de la manera siguiente”: a) Un representante titular y un suplente: inciso 3. Asociación de Peritos Agrónomos y Forestales (ANDEPA). Hay tres entidades más (incisos 1, 2, y 4) ajenas a la iniciativa de reforma planteada. Motivos: en exhaustivo análisis de la referida iniciativa he encontrado vacíos de información en la exposición de considerandos; por ejemplo, no dice cómo se originó la iniciativa, y si previo a ella, hubo consultas con el sector educativo de la ENCA. Esto crea ya una primera suspicacia. Segundo, se habla de que para tener derecho a aplicar al inciso 3, literal a) del artículo 6 del Decreto 29-96, las entidades que aplican serían aquellas inscritas en el Registro de Personas Jurídicas (REPEJU) con anterioridad a la emisión del Decreto 29-96; en este sentido, la ANDEPA legalizada en 1990 su nombre es: Asociación Nacional de Peritos Agrónomos; lo cual, no encaja con la reforma del artículo 3, literal a) del artículo 6 (Decreto 29-96), que reza: Asociación de Peritos Agrónomos y Forestales (ANDEPA). Esta vaguedad, crea una segunda suspicacia. La CC de Guatemala, ha emitido interesante dictamen en expediente 3429-2011 que no se menciona en la iniciativa de ley 5110. Lo cual, podría generar una tercera suspicacia. Finalmente, no veo razón que el argumento de la iniciativa de ley merezca reformar el Decreto 29-96; antes bien, debería remitirse al órgano jurisdiccional administrativo competente para ventilar el diferendo. Conforme a derecho de petición, solicito al Congreso de Guatemala desautorizar la referida iniciativa 5110, mientras no se haya escuchado a la Comunidad Educativa de la ENCA.