Dada la necesidad de regular las actividades denominadas de “graduación” y prohibir los gastos innecesarios y excesivos en los que se hace incurrir a los padres de familia, el Ministerio de Educación (Mineduc) emitió el Acuerdo Ministerial Número 2746-2018, publicado hoy en este matutino, para la prohibición de cobros por actos de graduación en centros educativos públicos, privados y por cooperativa.
“…de manera expresa se prohíbe pedir a los padres de familia, colaboraciones para dicho efecto (celebrar actos de graduación)”, no pudiéndose, igualmente, celebrar colectas, ni recaudaciones para este propósito, estipula el referido documento en su artículo 1.
Ilegal pedir indumentarias específicas para la graduación de los alumnos
De igual forma, en el artículo 2 del Acuerdo Ministerial, el Mineduc define “acto de graduación” como aquel que tiene lugar con motivo de la conclusión de la educación diversificada; “ocasión para la cual, no debe solicitarse a los alumnos, atavíos, accesorios o indumentarias específicas”.
Esta disposición comenzará a regir mañana, resolvió la cartera de Educación, en tanto conminó a las Direcciones Departamentales de Educación a fiscalizar el cumplimiento del presente normativo y promover las sanciones procedentes por su inobservancia.
Aquí el Acuerdo íntegro: