Dentro de la regulación de delitos penales existe una figura que es relativamente joven en la legislación guatemalteca, aunque en la praxis es significativamente antigua. Me refiero a la figura del testaferro, la cual fue regulada apenas hace cuatro años bajo el Decreto 31-2012, Ley Contra la Corrupción.
Para entender de mejor forma esta figura, en la doctrina, el jurista Guillermo Cabanellas de las Cuevas lo define: “La persona que se presta para realizar un acto o un negocio jurídico como si fuese propio, pero que en realidad afecta a otra persona, verdadera interesada en el asunto. Se trata de una ficción encaminada a salvar o burlar las dificultades legales que impedirían al auténtico interesado efectuar lícitamente el acto o negocio”.
Este delito lo puede cometer tanto una persona individual como una persona jurídica, así lo contempla el artículo 33 de la Ley Contra la Corrupción cuando establece: “Comete delito de testaferrato, la persona individual o jurídica que prestare su nombre o razón social para colaborar en la comisión de cualquiera de los delitos contemplados en el Título XIII de este Código”, es decir, los delitos contra la administración pública.
Según el Decreto 31-2012, las penas relativas a este delito oscilan entre los 5 a 10 años de prisión y las multas van desde Q50 mil a Q500 mil.
Otro instrumento legal que menciona al testaferro es la Ley de Extinción de Dominio, la cual lo clasifica dentro de las actividades ilícitas o delictivas sujeto de esa ley. Asimismo, es incluido como delito en la Ley Contra la Delincuencia Organizada.
De esta cuenta, para que se dé la figura de testaferro debe existir un acto simulado en el que una persona finge participar o intervenir, de ahí deviene que los sinónimos de testaferro sean fantoche u hombre de paja.
Ahora pensemos ¿quién puede caer en el delito de testaferrato? Lamentablemente cualquier persona que preste su nombre, documentos personales, cuentas bancarias, etcétera, a una tercera persona, ya sea de forma consciente o bajo artificio.
Disfrazarse de fantoche es una decisión, pero en algunas ocasiones también es cuestión de engaño; por eso, es recomendable ser precavido y no facilitar a ninguna persona, aunque sea de confianza, la utilización de documentos y datos personales; de esa forma, podemos evitar inconvenientes penales, como la cárcel.
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