Para que la falta o no de una tilde en uno de los nombres o apellidos de las personas no sea motivo de rechazo al realizar un trámite, el bloque Encuentro por Guatemala presentó una propuesta para modificar el artículo 5 del Código Civil.
En los trámites legales, el signo ortográfico genera una serie de problemas, por lo que se busca simplificar los procesos engorrosos, indicó el diputado Luis Pedro Álvarez, de la referida agrupación.
De aprobarse la reforma, parte del artículo determinaria: “La presencia o ausencia de tilde no lo hace distinto y, por lo tanto, no implica la necesidad de establecer identificación, otorgar cambio de nombre o realizar trámite, corrección o modificación alguna”.
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