La Junta Monetaria autorizó el descanso correspondiente al 1 de noviembre, Día de Todos los Santo, a todas las sucursales y agencias bancarias, sociedades financieras, compañías de seguros, almacenadoras y casas de cambio.
Dicha disposición corresponde a la Resolución No. 2079 emitida por la Junta Monetaria el 15 de mayo de 1957 y el aviso de la suspensión de las actividades bancarias se ampara bajo el artículo 8 del Reglamento de Asuetos de las Instituciones Bancarias que operan en la República y el Acuerdo Gubernativo Normas sobre Cierres y Asuetos de las Compañías de Seguros y Fianzas correspondiente al 6 de octubre de 1980.
Pese a esta autorización, la Superintendencia de Bancos informó que queda a discreción de cada entidad prestar sus servicios por medio de agencia, ventanilla especial o similar. Asimismo, el listado de establecimientos que atenderán de manera extraordinaria mañana puede ser consultado en el sitio web www.sib.gob.gt.
Deja un comentario