La Cámara de Amparos y Antejuicios de la Corte Suprema de Justicia amparó de manera provisional a la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), fallo que deja sin efecto las medidas sustitutivas que la Sala Tercera de Apelaciones del Ramo Penal había emitido a favor de 10 sindicados en el caso Negociantes de la salud.
“Se decreta la medida mencionada en virtud de que las circunstancias del hecho lo hacen aconsejable”, se lee en el dictamen, el cual dejó en suspenso las resoluciones del 12 y 28 de enero de 2016 de la Sala Tercera, que confirmaban el arresto domiciliario y fianza a favor de los sindicados Hugo René Navas Bonilla, César Estuardo Hernández Monroy, Marcelo Noguera Sagastume, Roberto Francisco Estrada Morales, Carlos Enrique Palma Carranza, Carlos Rodolfo Salvatierra Soto, Mateo Estuardo Ramazzini Menéndez, José Rafael Arriaga Fuentes, José Rodolfo Barrientos Montepeque y Juan Carlos Umaña Velásquez.
Contenido
El fallo del mencionado órgano jurisdiccional ordena a la Sala Tercera remitir el expediente original y hacer de su conocimiento al Juzgado Sexto de Instancia Penal para que ejecute el amparo y ordene la prisión preventiva de los señalados.
Entre los argumentos, la CICIG mencionó que los magistrados obviaron fundamentar el daño causado al patrimonio del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), así como la violación a los derechos fundamentales de los pacientes.
El Ministerio Público explicó en su oportunidad que operadores de salud externos al
Seguro Social acudían a proveedores de medicamentos para procurar la venta de su producto o servicio en esa entidad. Los señalados se dirigían a los funcionarios para incidir en la manipulación de dichos procesos.
Deja un comentario