La protección del derecho a la huelga forma parte de las garantías reconocidas por el Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), concluyó ayer la Corte Internacional de Justicia (CIJ).La Corte sostuvo que el derecho a la huelga de los trabajadores y de sus organizaciones está protegido por el Convenio No. 87 de la OIT, adoptado en 1948, relativo a la actividad laboral organizada sindical. Según la resolución, la protección de la libertad sindical incluye la protección del derecho de huelga.











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